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Sábado 20 de Abril de 2024 - Hs
Patagonia en venta: El aeropuerto privado de Joe Lewis
09-09
Por Gonzalo Carranza

En la Provincia de Río Negro, aproximadamente a 20 kilómetros de localidad de Sierra Grande, en la zona denominada "Puerto Lobos" sobre la costa atlántica (paralelo 42), a menos de 1500 metros del mar, se ha construido un aeropuerto de 2000 metros de longitud, dimensiones similares al aeropuerto internacional de San Carlos de Bariloche. Esta pista está operando desde el 23 de febrero de 2008, fecha en la que aterrizó la primera aeronave, un Beechcraft King Air B90, con matrícula chilena CC-CVZ. Este avión fue repintado y en la actualidad tiene Matrícula D-AWKG, y sigue operando en la pista del Golfo de San Matías. Por su ubicación, estaría dentro de un área de frontera. Hay que aclarar que la Fuerza Aérea Argentina aprobó el funcionamiento de la pista aérea, aunque es imposible controlarla, dado que no hay radares que rastreen esa zona, por lo que podría aterrizar o despegar cualquier tipo de aeronave sin ser detectada. La situación es más que preocupante ya que puede ser usado para distintos fines, desde abastecer las islas Malvinas (es sabido que a Gran Bretaña le cuesta muchísimo dinero mantener abastecida su colonia), el turismo o el tráfico de drogas. La pista fue construida por la empresa Viarse S.A, en un campo de aproximadamente 40 mil hectáreas, adquirida por una sociedad anónima con domicilio en Capital Federal, denominada "BAHIA DORADA S.A.", cuyo titular es el Sr. Nicolás Van Ditmar, quien a su vez es titular de la firma HIDDEN LAKE S.A., que posee el establecimiento "LAGO ESCONDIDO" sito en El Foyel, entre San Carlos de Bariloche y El Bolsón. Ambas firmas están vinculadas al ciudadano inglés Joe Lewis, quien se considera que es el propietario de la pista de aterrizaje referenciada precedentemente. La firma "Bahía Dorada Sociedad Anónima", CUIT Nº 30-70895443-4, tiene domicilio legal en la calle Mitre Nº 86, 2º Piso, Departamento "F" de la Ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, y en Buenos Aires en la calle Maipú Nº 1210, 5º Piso. Los únicos que figuran como titulares de la firma, son Nicolás Bernardo Van Ditmar, Documento Nacional de Identidad Nº 17.336.840, y su esposa Gloria Venessa Mazza, Documento Nacional de Identidad Nº 22.535.523. La firma "Hidden Lake Sociedad Anónima", CUIT Nº 30-68590523-6, tiene domicilio legal en la calle Mitre Nº 86, 2º Piso, Departamento "F" de la Ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro; en la calle Liniers Nº 2734 de la Localidad del El Bolsón, Provincia de Río Negro, y en Buenos Aires en la calle Marcelo Torcuato de Alvear Nº 624, 1º Piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Figuran como titulares: Rasesh Hemendra Thakkar, CUIT Nº 23-60205143-9; Roberto Pablo Mangini, CUIT Nº 20-20913078-6; Charles Barrington Lewis, CUIT Nº 20-60205145-6; Nicolás Bernardo Van Ditmar; y Jefferson Voss. Por otro lado, la empresa que opera la pista de aterrizaje es "Tavistock Aviatión Argentina Sociedad Anónima", CUIT Nº 30-70197138-4, con domicilio legal en la calle Maipú Nº 1300, 10º Piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, subsidiaria de "Travistock Holding", de origen norteamericano, con domicilio en Argentina en la calle Maipú Nº 1210, 5º Piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El hermetismo que rodea a esta pista genera numerosas dudas. Nadie conoce su utilidad, frecuencia de vuelos, sin son nacionales o internacionales, de carga o pasajeros, quién los controla y si pasan por Aduana o Migraciones. La aeronave que más frecuentemente opera en esa pista, es el Dassault Falcon 900, ex matrícula norteamericana N158JA, normalmente a cargo del Capitán John Zoller, piloto oriundo de Orlando, Estados Unidos. A la empresa "Tavistock Aviation", le fue suspendida la autorización para operar en la República Argentina, en el año 2005. Aún así, sigue funcionando en forma clandestina. El texto de la suspensión es el siguiente: Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios Secretaria de Transporte - Resolución Nº 193/2005 Artículo 1°: Retírase a Tavistock Aviation Argentina S.A. la autorización otorgada por disposición Nº 59 del 30 de junio de 1999 de la ex Subsecretaria de Transporte Aerocomercial, Fluvial y Marítimo de la entonces Secretaria de Transporte del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos para explotar servicios no regulares internos de transporte aéreo de pasajeros, correo y carga usando equipos de reducido porte, por la causal prevista en el artículo 135, incisos 1, 2 y 8 de la ley n° 17.285 (código aeronáutico). Artículo 2º: Retírase a Tavistock Aviation Argentina S.A. la autorización otorgada por resolución Nº 24 del 1° de diciembre de 2000 del ex Ministerio de Infraestructura y Vivienda, para explotar servicios no regulares internacionales de transporte aéreo de pasajeros, correo y carga usando equipos de reducido porte, por la causal prevista en el artículo 135, incisos 1, 2 y 8 de la ley Nº 17.285 (código aeronáutico). Artículo 3°: Notifíquese a la transportadora aérea que contra la presente resolución podrá interponer el recurso de reconsideración o el recurso jerárquico, ambos previstos en los artículos 84, 89 y 90 del reglamento de procedimientos administrativos, decreto 1759/72, t.o. 1991, dentro de los plazos de diez (10) o quince (15) días, respectivamente. Sumado a la mencionada suspensión, diferentes diputados nacionales y legisladores han presentado diversos proyectos y solicitado información a las autoridades provinciales y nacionales oficiales del aeropuerto, acerca de su actividad, sin recibir respuestas satisfactorias. El caso requiere una atención especial dado que podría encontrarse en la región denominada área de frontera, en donde se aplica normativa específica de defensa nacional. Es por eso que se ha presentado un proyecto para "establecer el uso público" del aeropuerto privado para cualquier aeronave civil o militar de bandera argentina y civiles de países asociados a la UNASUR. En su articulado, la norma determina que "la Dirección General de Aeronáutica, dependiente del ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos de Río Negro, en forma conjunta y coordinada con la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, deberá en el término de 60 días contados a partir de la entrada en vigencia de la ley, proceder a la reglamentación de la misma, dando la debida intervención a la Fuerza Aérea Nacional y a la Administración Nacional de Aviación Civil". Ante las operaciones de inteligencia que fueron reveladas por el ex técnico de la CIA, Edward Snowden, a partir de las cuales pudo saberse que Gran Bretaña desarrolló un programa secreto denominado Operación Quito (desde el año 2008) con el fin de desarticular acciones que intenten recuperar la soberanía sobre las islas Malvinas, no podemos dejar de lado el hecho que tengamos un aeropuerto "privado" en las condiciones antes referidas, del cual se desconocen controles y la actividad que realiza a pocos kilómetros de las islas.

Fuente: Agencias
Autor: Admin

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