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Viernes 26 de Abril de 2024 - Hs
La Corte avaló un fallo que anula la personería del sindicato del subte: qué cambia
15-03
 El máximo tribunal dejó firme la sentencia que obliga a los metrodelegados a realizar otra la presentación administrativa para compulsar afiliados con la UTA.

 La Corte Suprema convalidó hoy un fallo que anula la resolución por la que el Ministerio de Trabajo del gobierno anterior le otorgó a la Asociación Gremial de Trabajadores del Subterráneo y Premetro ((AGTSyP), mejor conocida como de los “metrodelegados”, la personería gremial.

Ese mote por el que se hicieron conocidos viene desde la época en la que los representantes gremiales de base del subterráneo aún actuaban bajo la esfera de la Unión Tranviarios Automotor (UTA), con la que iniciaron un proceso de diferenciación que luego terminó en ruptura, choques y la idea de salirse de esa organización y armar su propio sindicato. Eran los “metrodelegados” que paulatinamente empezaron actuar en forma independiente y en oposición a la conducción de UTA, garantizando ellos por sí solos medidas de fuerza y acciones gremiales que no tenían el aval del gremio, al que acusaban de “pactar con la patronal a espaldas de los trabajadores”.

Con la firma de la jueza Elena Highton de Nolasco y de los jueces Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, la Corte dejó firme la sentencia que declaró la nulidad de la disposición adoptada por la cartera laboral conducida en ese entonces todavía por Carlos Tomada, al avalar una sentencia de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que consideró que, efectivamente, el “Ministerio no había adoptado las medidas necesarias para dar intervención en el trámite a la UTA y permitirle producir pruebas, lo cual significó la violación de su derecho de defensa”, informó el Centro de Información Judicial (CIJ).

El trámite al que alude la sentencia refiere al procedimiento que iniciaron los metrodelegados -que fundaron su sindicato en 2008 y obtuvieron la “inscripción simple” en 2010, una figura que, según algunas interpretaciones, asigna menos derechos que la personería- cuando fueron por lo que se llama “compulsa de afiliados” para determinar quién tiene más representatividad en determinado ámbito laboral, en este caso dentro del subte, ya que la UTA mantiene su personería en el resto del transporte, de corta, media y larga distancia.


“Cuando el trámite administrativo había avanzado, la UTA denunció que no se había cumplido debidamente con el procedimiento establecido en la ley 23.551 de asociaciones sindicales para que se le concediese la personería a un nuevo sindicato, especialmente, porque no se le había dado la participación necesaria pese a ser la entidad gremial que ya contaba con ella”, relata el CIJ y agrega: “Las presentaciones de la UTA no fueron atendidas; la autoridad laboral prosiguió el trámite y le otorgó al sindicato de los “metrodelegados” la personería gremial solicitada. Por ello la UTA acudió a la Justicia”.

La Sala II consideró que “en las actuaciones administrativas no se había cotejado, con las garantías necesarias, que el sindicato de ‘metrodelegados‘, que solicitó la personería, fuera el más representativo, es decir, que tuviese un número de afiliados cotizantes considerablemente superior a los de la UTA. Decidió, en consecuencia, dejar sin efecto el otorgamiento de la personería gremial aunque aclarando que lo resuelto no implicaba en modo alguno adelantar opinión sobre la suerte final del caso, el cual debería ser decidido nuevamente por el Ministerio –al que le envió el expediente– una vez finalizado el procedimiento en el que se respeten las garantías de defensa en juicio y legalidad, especialmente para producir pruebas”.

Esto significa que ni la Cámara, ni la Corte al avalar su sentencia, se expide sobre la cuestión de fondo, es decir quién reúne los requisitos para tener la personería, si la UTA o los metrodelegados. El fallo de Cámara lo que plantea es que el sindicato del subte debe realizar otra vez la presentación administrativa ante el Ministerio de Trabajo para que se habiliten los procedimientos que llevan, hacia el final del trámite, a la compulsa de afiliados.

En su fallo la Corte, por mayoría, desestimó la apelación interpuesta por los “metrodelegados” por entender que el fallo de la cámara que ordenó que se tramitara nuevamente el pedido de personería gremial no constituye una decisión definitiva sobre el problema planteado.

“El voto concurrente del Dr. Rosatti desestimó la apelación en uso de la facultad que le permite al Tribunal declarar inadmisible un recurso (art. 280 del Código Procesal)”, concluye el CIJ.

¿Qué cambia?

Según fuentes que siguen de cerca la dinámica de la relación entre los metrodelegados, la UTA, el Ministerio de Trabajo y la empresa Metrovías, la situación, en principio, "no cambia mucho". De hecho, un vocero de los Metrodelegados dijo a El Cronista que el equipo de abogados del sindicato se encuentra analizando la sentencia y que en las próximas horas no se esperan definiciones, ni siquiera aún un comunicado. "Quizá mañana haya alguna resolución cuando se reúna la directiva para analizar el informe de los abogados, probablemente se dispongan asambleas, veremos. El fallo se conoció hace dos horas, estamos todos leyendo". Aclararon, además, que en el peor de los casos si se retrocede a la situación de nuestra "inscripción simple", tenemos fallos de la Corte que indican que con ese estatus podemos negociar paritarias, condiciones de trabajo y llamar a huelgas".

Quienes le bajan el precio al impacto práctico de la resolución también recuerdan que cuando Tomada otorgó la personería gremial a los metrodelegados la dinámica de la relación entre todos los actores involucrados no se alteró demasiado. "Desde antes Metrovías negociaba con los metrodelegados y con la UTA y cuando Tomada les dio la personería, enseguida la UTA la objetó judicialmente y la cartera laboral dejó todo en suspenso hasta que se expida la Justicia, por lo tanto se siguió negociando, hasta hoy, con los mismos actores", dijeron.

Sin embargo, Claudio Dellecarbonara, miembro del Secretariado Ejecutivo de la AGTSyP, reaccionó con dureza contra la sentencia: “La misma Corte Suprema que el año pasado hizo el escandaloso fallo del 2x1 a favor de los genocidas y fue repudiada por cientos de miles en las calles, hoy acaba de anular la personería gremial de nuestro sindicato, favoreciendo así a la burocracia sindical de la UTA, a la empresa Metrovías y el Gobierno porteño que pactan con ese sindicato en contra de los trabajadores”.

“No nos vamos a quedar callados. Rechazamos toda injerencia del Estado en favor de la burocracia sindical y vamos a seguir peleando por nuestro reconocimiento y por los derechos de los trabajadores. Sabemos que a nuestra AGTSyP la representación se la da el apoyo de la mayoría de los trabajadores del subte y la lucha que dimos en los últimos 25 años contra los distintos Gobiernos, la UTA y Metrovías”, remarcó Dellecarbonara.

Fuente: El Cronista
Autor: admin

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