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Sábado 27 de Abril de 2024 - Hs
WEBTV: Ministerio Público de la Defensa: En 2023 Hubo más de 1600 casos de Violencia Institucional
24-01
Entrevistamos a Pablo Ibarra  responsable de la Dirección de Violencia Institcional del Ministerio Publico de la Defensa de CABA, quien brindo consejos respecto a los derechos que te corresponden en caso de una detencion indebida, golpes, esposado, o que no se respete que el que te detiene sea de tu mismo genero.  MIRA LA NOTA COMPLETA:...        .  

 

Por otra parte maiftesto que en 2023 hubo más de 1600 casos de violencia institucional, gran parte pór el mal accionar de la policia, y comento que el 20% fue probado. Nos contó que es el Ministerio Publico de defensa, que es integrado por un equipo interdisciplinario al momento de atender una victima prooducto del accionar violento en todos los sentidos, tambien psicológico.


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Bueno, un poco para la gente que no está tanto en el tema judicial, en el tema de la ciudad,y en temas muy específicos, contanos un poco, ¿qué es el Ministerio Público de Defensa?
A ver, el Ministerio Público de Defensa, para decirlo sencillamente, es la institución del Estado que asiste a todas las personas que no cuentan, sino a un abogado particular. Es el abogado de oficio, cuando no tenés un abogado privado, te asiste la defensa pública.

En el caso de la Ciudad de Buenos Aires, contamos con la parte penal. Es contra la Nacionalidad de Faltas, y el contencioso administrativo y tributario, que es todo lo que tiene que ver en litigios contra el Estado y el Gobierno de la Ciudad.

¿Cómo está estructurado en su organigrama, en su estructura?

¿Qué diferentes servicios brinda, aparte de los que me estás comentando? ¿Solamente esto?

No, a ver, esto es la parte jurisdiccional, que es esto, la asistencia a la ciudadanía, a las personas del territorio de la Ciudad de Buenos Aires, en lo que respecta a la parte penal, contra la Nacionalidad de Faltas, y en los litigios contra el Estado. Y después hay una serie de lugares de órbita de secretarías dentro de la Defensoría General, que tienen distintas tareas y funciones, entre ellas la que me toca coordinar a mí, que es la de violencia institucional.

Pertenece a un área de salud, un área de educación, de cultura, de privados de libertad. Trata de garantizar, en sentido amplio, los derechos de la ciudadanía.

¿Y la violencia institucional? ¿Cómo la entienden ustedes?
A ver, en realidad es difícil conceptualizarla, de hecho en realidad es una categoría política, es un concepto que está en disputa, que fue, digamos, evolucionando con el tiempo.
Originalmente se asociaba en los 70 al terrorismo de Estado, básicamente, inició ahí.

Después se fue reconfigurando y ampliando, de alguna manera, el concepto.
Pero podemos decir de alguna manera que podría ser toda acción o omisión, por parte de cualquier representante del Estado, que vulnere derechos. Es una definición amplia, ¿no?
Después tenés violencias más graves, más sutiles.

La clásica, la violencia que uno puede detectar, es la policial, al momento de una detención, una violencia física.
Pero por supuesto que hay un montón de violencias más chiquitas, más solapadas, que no son propias, por ahí, de alguna fuerza de seguridad, sino de cualquier organismo o institución del Estado, en el acceso a derechos, en el acceso a políticas.
Las políticas públicas, que bien podrían ser entendidas como violencia institucional.

Ya que mencionaste lo de la violencia institucional de la policía, nos han llegado, nosotros, bueno, siempre tenemos abiertos nuestros canales de comunicación, y a raíz de la última marcha, que hubo piquete, protocolo y todo el sistema de seguridad que planteó la ciudad, nos llegaron varias denuncias de mujeres que habían sido, por ahí, vulneradas en sus derechos, nos preguntaban asesoramiento, obviamente nosotros no conocemos del tema,
googleamos, publicamos una nota, hicimos una nota en el portal de que publicamos, sobre el sector, creo que es el que vos dirigís, pero, ¿cuáles son los derechos que tiene una persona que es golpeada o maltratada psicológicamente
cuando es detenida, o si le pegan o algo?

¿Qué puede hacer esa persona?

No.A ver, en realidad hay dos cosas, hay una parte que es tratar de ir a lo preventivo, al momento, que me parece muy importante mencionarlo, y otra parte lo que puede hacer,
expós, digamos, después de que la violencia sucedía. Nosotros tenemos que tratar de trabajar en la prevención para que la violencia, por supuesto, no suceda, entonces es importante que las personas, incluso a propósito del momento actual, de la movilización que se va a dar el 24 de enero, el día de mañana, que la gente conozca cuáles son los derechos que tiene en el momento de la detención, independientemente de que la golpeen o no.
Que por supuesto es, en esencia, conocer el motivo de por qué la detienen, esto es muy importante, porque muchas veces la policía o la autoridad en el momento no informa el motivo de la detención, uno no conoce a veces por qué está siendo privado de su libertad, recordemos que una detención es estar privado de tu libertad ambulatoria, nada más ni nada menos.
Conocer qué autoridad judicial dispuso esa detención, o la convalidó, mejor dicho,

autoridad judicial o fiscal, en el caso de la ciudad de Buenos Aires.

El derecho que uno escucha clásico, el derecho a guardar silencio, que parece una pavada,

pero es importante porque la policía, las fuerzas de seguridad, no le pueden tomar declaraciones

ni testimonios a las personas que detienen.
El derecho a llamar a una persona de confianza, a un abogado de confianza, o a quien considere.

Eso desde el primer minuto puede llamar a una persona, a alguien de confianza, al abogado o a alguien que, porque bueno, nos refería esta persona puntual que nos hizo la denuncia,
que la tuvieron seis horas incomunicada, por ejemplo, y esposada, y violentada psicológicamente, como diciéndole, bueno, acá está viendo el Interpol, etcétera, bueno, cosas,
hubo un manoseo de parte de un hombre hacia ella, porque tengo entendido que en un procedimiento judicial, si es una mujer, tiene que ser atendida por una mujer policía, ¿no? ¿Es así eso?

Sí, correcto, correcto. Tiene que estar requisada en el caso de que la requisen, una persona del mismo género, de la misma identidad de género, que ese es otro derecho, respetar la identidad de género, estar custodiada y alcaidías y comisarías específicas para mujeres, las personas no pueden estar en cualquier lado, es lo mismo que hay alcaidías específicas para las personas trans.

Por supuesto que después, como una cosa es lo que dice la ley y otra cosa es lo que va sucediendo en la práctica, que es lo que uno tiene que tratar de achicar constantemente, ahí está también nuestra tarea, porque también en la detención está prohibido hacerlo con violencia,
la fuerza, esa fuerza debe ser mínima, debe ser indispensable, debe ser estrictamente proporcional, o sea, es lógico que muchas veces la fuerza de seguridad para prevenir un delito,
la comisión de un delito o de un mal mayor, tienen que ejercer y hacer uso de la fuerza,
tiene legitimado el uso de la fuerza, es el estado en el monopolio de la fuerza,
pero lo cierto es que esa fuerza tiene que ser, bueno, legítima, proporcional, mínima.

Una vez que interviene la fiscalía, digamos, ¿cómo sigue el proceso de parte de ustedes?
Mirá, esto es así, cuando una gente de la fuerza de seguridad, cuando un policía o una policía detiene a una persona, tiene que dar inmediato aviso a la autoridad fiscal, en el caso de la Ciudad de Buenos Aires, que la tiene que convalidar o no, que tiene que contar los motivos por el cual la detiene, mirá, tengo una persona que está haciendo tal o cual cosa, está...

Bueno, entonces el fiscal del otro lado debería decir, sí, bueno, convalido la detención que usted ha hecho y le ordeno una, dos, tres, cuatro cosas, constata de domicilio, leale los derechos, busque testigos, una serie de medidas que se le llaman de rigor, digamos, ¿no?
Y ahí la persona entra en un circuito, lamentablemente, que es un circuito un poco tedioso, un poco engorroso, pero básicamente hoy el promedio de una persona detenida
ronda las 20 horas de privación de libertad.

Se le piden los certificados de antecedentes, la tiene que revisar un médico legista, se le constata en general el domicilio, digamos, lo que se llama el arraigo, para ver que la persona esté...Y eso es legal, las 20 horas es legal y está dentro de la ley.

Sí, tiene hasta 24 horas el estado, que puede ser prorrogada por otras 24. Pero bueno, siempre se acerca al límite máximo, ¿no?

20 horas podría a veces ser menos, pero sí, en concreto está dentro del marco de la legalidad.

Es un tiempo promedio que te comparto, ¿no?

Sí, sí, sí.
Y después, entonces...

Después en el proceso, en general, la mayoría de los casos hay una audiencia, que la toma el fiscal, que implica que a la persona se le llama intimación del hecho...Indagatoria.
Claro, se llama indagatoria en el Foro Nacional, intimación de los hechos en el Foro de la Ciudad, que básicamente es que a la persona le dicen con claridad, que se lo tienen que decir con mucha claridad, que le están imputando.

Imputar un cargo. Claro, usted está acusado de hacer esto. Eso es muy importante separarlo, eso le tienen que indicar una conducta, un hecho, no un delito.

Yo no le puedo decir a usted, lo acuso de robo.
Lo acuso de haber, tal día, tal hora, haber sustraído en tal circunstancia, para que uno se pueda defender.

Y ahí viene el descargo, y ustedes ahí, ahí es donde proporcionan un abogado.

Exactamente, la Defensa Pública está para eso, para asistir.

Desde el primer momento de la detención está la asistencia de la Defensa Pública, ¿no?

Porque por eso nos contactamos, nosotros vamos a entrevistar a las personas, a los lugares de donde están detenidos, hacemos un seguimiento de estas medidas de rigor que les fui mencionando, de la constatación de domicilio, de los antecedentes, del médico.

Vamos a entrevistar a las personas ahí.

Desde el primer momento que la persona está detenida tiene una asistencia. Tiene un abogado y una abogada que es la Defensa Pública.

¿Cuál es la cantidad de casos que tienen, por ejemplo, estadísticamente, no sé, por ejemplo, 2023, tienen estadísticas de casos, de cantidad de casos, o algún tipo de estadísticas?

Sí.

Sí, de casos que han tomado.
No sé, en este caso de la policía, de temas de excesos de la policía,

o de otro tipo de excesos, para tener un punto donde, digamos, hablar cómo...
Mirá, en 2000, el año pasado, tuvimos registro de alrededor de 1.600, te puedo decir el número preciso, pero 1.600 hechos de violencia institucional.

Wow, un montón.

En el territorio de la Ciudad de Buenos Aires.

Sí.
Que, de hecho, el dato, bueno, nominal a veces dice, pero no dice, lo cierto es que la mayoría de los casos de violencia institucional que nos llegan a nosotros son en el marco de una detención.Una persona la detienen por la supuesta comisión de un delito, y en ese momento le ejercen algún tipo de violencia.

La golpean, la esposan fuerte, la maltratan.
Hay violencias, insisto, más graves, más virulentas físicamente, y otras más sutiles.

Pero 1.600, en un total...
O sea, para decirte de otra manera, en el 20% de las detenciones hay algún ejercicio de violencia institucional.

Porque hubo, en el año pasado, en el fuero de la ciudad, alrededor de 7.000...
Que se demuestra, digamos, o que se demuestra que hubo violencia de esos 1.600, por ejemplo.

Y bueno, ahí entramos en una discusión que es que se demuestra, ¿no?
No, digo, porque bueno, el abogado cuando empieza a actuar, después, bueno, defiende a la víctima, supongamos que fue violentada institucionalmente,
¿Qué resarcimiento obtiene esta víctima que hubiera sido abusada en sus derechos?

¿Tiene un resarcimiento económico, psicológico?
¿Hay una sanción contra la institución de la policía?

¿Hay una multa?

¿Cómo se cuantifica ese...?

No, ahí son cosas distintas.
A ver, cuando una persona es víctima de violencia institucional, por lo menos la tarea no es tener violencia institucional,

la tarea nuestra, como institución del Estado, por lo menos, es abordar esa situación.
Tenemos un equipo de trabajo que incluso tiene integrado por distintas disciplinas.

Hay abogados, abogadas, psicólogas, psicólogas sociales.
Sí, y tratamos de hacer un abordaje lo más interdisciplinario posible.

Muchas veces pasa mucho eso en el Estado, que no hay una suerte, esa escucha activa.

Claro.
Que a veces tomamos el dispositivo de la entrevista, ese abordaje, como algo reparador.

También decimos que muchas personas deciden autónomamente no denunciar el hecho de violencia institucional,
pero ya que nos queda un registro, nos queda una entrevista completa y la persona se va, digamos, de alguna manera reparada.
Otros tantos casos se deciden denunciar y ahí se reformula, con nuestra asistencia jurídica, una denuncia que puede ser penal o administrativa.

¿Sí?

Sí.
Hay un proceso judicial, formal, que tiene su curso, que ahí sí habrá que formular algún elemento de prueba,
habrá que presentarse, acompañar a la víctima, testigos, cámaras, lesiones certificadas.

Eso es parte de hecho y prueba que depende de cada caso.
La parte económica es posterior e incluso más compleja, porque requiere de esa parte de prueba.

Una vez que uno tiene una sentencia o una condena penal, puede hacer una prueba.
Y eso es una demanda civil o contenciosa con ese objeto, objeto de tener cierta reparación.

Lo que quiero dejar claro, para no marear con cuestiones técnicas, es que una cosa es la denuncia penal, que solamente investiga si un representante del Estado cometió o no un delito o una infracción, y otra parte es la civil o la contenciosa que permite obtener alguna reparación.
Y eso no lo hacen ustedes, digamos.

Eso no tenemos las funciones de hacerlo, ¿no?

No tiene la función, claro, claro.

Entiendo.
Bueno, Pablo, nosotros acá de prensa nos mandaron el teléfono en el marco de la movilización por caso de violencia institucional, comunicarse al 11 23 26 59 42
y nos mandaron un video muy interesante sobre los derechos que lo vamos a colocar en esta nota.

¿Qué consejos le darías a la gente que se va a movilizar el miércoles 24,si tiene algún problema, llamar a este número y comentarlo?
¿Cómo se activa el mecanismo?

Primero de vuelta a lo preventivo, ¿no?

Algo va a ser muy grande, muy masivo.
Parece pago el consejo de cuidarse, ¿no?

Parece algo muy obvio, pero la verdad es que es importante.

Va mucha gente que va organizada, que va sindicalizada.
En organizaciones sociales, políticas, que ya va en un marco de contención y se cuidan entre los propios compañeros y compañeras con los que se movilizan.

Pero también va a haber mucha gente suelta, espontánea, que quiere manifestarse.
Y mucha gente enojada, digamos. Algunos con razón.

Lógico, lógico. Y esto también no está de más decirlo.
La verdad es que lo represivo no puede ser nunca una respuesta a una manifestación pública.

Digamos esto independientemente de la ideología que uno tenga,

que sea partidario de un espacio político o de otro.
Pensar que la salida a una manifestación pública es represiva es profundamente antidemocrático y menoscaba y deteriora el sistema democrático y el Estado de Derecho.
Esto hay que decirlo porque lo cierto es que hay que respetar todas las maneras de expresión.

Dicho esto, cuidarse implica también tratar de vivir con alguien.
Aquellas personas que vayan por su cuenta, que vayan sueltas a manifestarse.

La recomendación es que vayan con cuidado, que vayan acompañados, que no vayan solas.

Que traten de estar atentos y atentas.
Y después si llegara a pasar algo, si llegara a haber alguna detención,

bueno, los derechos que tienen ya los comentamos, pero por supuesto que pueden llamar, escribir a ese número que vos vas a compartir, que por lo menos les vamos a dar alguna información o colaboración y ayuda en el momento.

Porque saben que desde el primer momento van a tener asistencia jurídica y representación
por parte del Ministerio Público.

Bueno, Pablo, felicitaciones.

Muchas veces no se conoce el trabajo de todo el sistema jurídico que tiene la ciudad,
que es bastante árduo, que conozco un poco por amigos.

Así que mi reconocimiento a la función del Ministerio Público de Defensa,
que hace un trabajo que es silencioso, pero que la verdad que está ahí siempre atento a las necesidades de los ciudadanos.

Muchas gracias por la nota.

Por favor, gracias a vos.
 

 

Fuente: Quiero a mi pais exclusivo
Autor: Ignacio perez platas y staff

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