Para la Corte, hackear el Facebook es tan grave como violar el correo postal
04-05-2017 | Sociedad
 Lo resolvió en el caso de un hombre que había denunciado reiteradas intromisiones en su perfil de la red social.

 Ingresar en una cuenta de red social ajena quedó a la misma altura de abrir una carta a nombre de otra persona. Así lo determinó la Corte Suprema de Justicia tras el reclamo de un particular que denunció que desconocidos accedieron a su cuenta de Facebook.

Todo comenzó con un conflicto de competencia entre el Juzgado Nacional en lo Criminal 10 y el Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas 24 sobre una denuncia que había realizada una persona (llamada Gustavo Luis C., según el expediente), en la que había expuesto que "en reiteradas ocasiones habrían ingresado ilegítimamente a su cuenta de usuario en la red social Facebook asociada a su correo electrónico" .


En la Justicia federal el juez Julián Ercolini se declaró incompetente y envió el expediente a un tribunal ordinario porque la intromisión afectaba "intereses particulares que no habilitan su jurisdicción, por no haberse afectado el servicio postal”. Pero los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Maqueda y Elena Highton de Nolasco lo corrigieron y le devolvieron el caso porque “se trata de un acceso ilegítimo a una comunicación electrónica o dato informático de acceso restringido, a los que sólo es posible ingresar a través de un medio que por sus características propias se encuentra dentro de los servicios de telecomunicaciones”. Entonces el acceso a la cuenta de la red social quedó equiparado, de hecho, a la violación de correspondencia por cualquier medio, contemplados en el Código Penal.

El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez le dijo a Clarín que el fallo "marca un precedente importante porque establece la intimidad en ámbitos de redes sociales. Es una interpretación dinámica de la Constitución y marca la evolución de la sociedad. En 1853 se hablaba de un papel abierto al violar una carta; hoy se trata de redes sociales".

En tanto Carlos Rojas, especialista en cibercrimen de la Policía de la Ciudad, consideró que el fallo "le da entidad al sector privado, a los mensajes privados de Facebook. Si te hackean ingresan a todo el contenido que tenés allí. Es como meter la mano en un buzón, abrir todas las cartas y luego hacer lo que uno quiere con ellas. Ahora le dan carácter de delito de importancia porque la violación de la correspondencia es un delito federal".


A su vez el especialista confirmó que el ingreso a una cuenta que no es la propia "es usual aunque no tan sencillo. Y la gente, normalmente, lo denuncia". Y señaló que "recuperar la cuenta de Facebook con intervención judicial tarda alrededor de 20 días. Y si hacés la denuncia en Facebook y podés certificar que es tu cuenta, no debería tardar más de 72 horas".

La ley 26.388 pena de 15 días a seis meses de prisión a quien “abriere o accediere indebidamente a una comunicación electrónica, una carta, un pliego cerrado, un despacho telegráfico, telefónico o de otra naturaleza, que no le esté dirigido”. Además, también reprime a quien “a sabiendas accediere por cualquier medio, sin la debida autorización o excediendo la que posea, a un sistema o dato informático de acceso restringido”.


Esta no es la primera vez que la Corte indica el camino a seguir ante un delito digital. Hace tres años una mujer descubrió que su ex pareja espiaba su correos electrónicos -además del Facebook- y lo denunció en la Justicia. En ese momento también se produjo una disputa entre el Fuero Federal y el Contravencional que también dirimió la Corte como lo hizo ahora, y dictaminó que era la Justicia Federal la que debía encargarse de investigar la intromisión ajena en los correos de medios electrónicos.