¿Querés ser voluntario?   ·   011 - 30772707     
Viernes 19 de Abril de 2024 - Hs
Claves para realizar la carga mensual web de deducciones de Ganancias 2022
13-01
La actualización de los parámetros del Impuesto a las Ganancias por un índice de 50,63% obliga a los empleadores a revisar todo y los empleados, a informar

Los trabajadores no sólo deben completar el formulario web Siradig con las deducciones del Impuesto a las Ganancias del ejercicio 2021 antes del 30 de abril, sino que por los cambios que se producen para 2022, recibirán pedidos de sus empleadores para que este mes actualicen esos parámetros para este año.

Los nuevos importes de las deducciones de Ganancias se actualizaron en un 50,63% de acuerdo con la variación del RIPTE (coeficiente salarial) en el lapso octubre 2020 - octubre 2021, indicó el contador Daniel Pérez.

Según surge de la misma página de AFIP, no corresponderá retención de Ganancias cuando la remuneración bruta de enero a diciembre de 2022 no supere los $225.937, explicó.

Por este motivo, los empleadores a partir de la liquidación de enero deberán volver a filtrar la nómina para obtener el nuevo monto de la remuneración bruta, precisó, y agregó que, a partir del mes de enero y mientras no se produzcan incrementos de salarios, habrá una cantidad importante de trabajadores que estarán fuera del alcance del impuesto.

Ante esta situación y si bien no existe obligación taxativa de presentar el Siradig por parte de los trabajadores en el mes de enero, convendría que los empleadores aconsejen a los trabajadores la actualización de sus deducciones para poder realizar el cálculo de las retenciones, afirmó Pérez, y sostuvo que "debe instarse a los trabajadores a mantener actualizados los datos en forma permanente".

 

LAS DEDUCCIONES PASO A PASO

Algunas deducciones son anuales y otras es convenientes aplicarles en el Siradig mes a mes, aunque no es obligatorio.

Son anuales el mínimo no imponible, la deducción especial y las cargas de familia, que para el caso de un trabajador en relación de dependencia en 2022 son las siguientes:

• Mínimo no imponible $252.564,84

• Deducción especial $1.212.311,24

• Cónyuge $235.457,25

• Hijo $118.741,97

• Hijo discapacitado $237.483,94

 

DEDUCCIONES MES A MES

Hay gastos que se llaman generales y que se pueden deducir durante todo el año, con las condiciones que fija la AFIP, según explica en su página de Internet:

 

• Cuotas médico – asistenciales

Cuota o abono a medicina prepaga o aportes complementarios a obras sociales, correspondientes al empleado y a las personas que tenga declaradas como carga de familia.

El importe a deducir por dichos conceptos no podrá superar el 5% de la ganancia neta del ejercicio acumulada.

 

• Primas de seguro para el caso de muerte

Lo abonado por seguros de vida. En el caso de seguros mixtos, solo la parte que cubre el riesgo de muerte, excepto para los casos de seguros de retiro privado administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros.

El monto que figura en la web de la AFIP por ahora sigue siendo el de 2021 y es de $24.000, aunque aclara que se actualizará.

 

• Donaciones

Se pueden deducir las donaciones hechas a los fiscos nacionales, provinciales y municipales, a las instituciones religiosas, asociaciones, fundaciones y entidades civiles, siempre que estén reconocidas por la AFIP como exentas del Impuesto a las Ganancias.

Las donaciones pueden realizarse en efectivo o en especie. Cuando se hagan en efectivo deberán bancarizarse, es decir que la donación tendrá que hacerse mediante depósito, giro o transferencia bancaria, cajero automático, débito automático en cuenta o en tarjeta de crédito.

La deducción se podrá realizar hasta el límite del 5% de la ganancia neta del ejercicio acumulada.

 

• Intereses por préstamos hipotecarios

Importe de los intereses de créditos hipotecarios para la compra o construcción de inmuebles destinados a casa habitación, hasta el importe de $20.000 anuales.

 

• Gastos de sepelio

Los gastos de sepelio pueden deducirse cuando ocurran en el país y se originen en el fallecimiento del empleado o de alguna de las personas informadas como carga de familia, hasta el tope de $996,23.

 

• Alquileres

Es deducible hasta el 40% del alquiler de la vivienda, siempre que ese monto no supere el mínimo no imponible de $252.564,84 anual para 2022, y que no sea titular de un inmueble en ningún porcentaje.

Para poder deducir el alquiler es requisito contar la factura o documento equivalente emitido por el locador, por el monto abonado.

Quien vaya a deducirse este concepto deberá remitir una copia del contrato de alquiler en formato pdf a través del servicio con clave fiscal Siradig-Trabajador. Esto deberá hacerlo la primera vez que vaya a computar la deducción y con cada renovación de contrato.

 

• Casas particulares

Las personas que tengan personal de casas particulares a su cargo pueden deducir la remuneración y las contribuciones patronales abonadas.

El monto anual deducible, no podrá superar la ganancia no imponible anual de $252.564,84 para 2022.

 

• Aportes socios protectores SGR

Los aportes a Sociedades de Garantía Recíproca serán deducibles en el ejercicio fiscal en el cual se efectivicen, siempre que esos aportes se mantengan en la sociedad por el plazo mínimo de dos años calendario, contados a partir de la fecha de su efectivización.

La deducción operará por el 100% del aporte efectuado y no deberá superar ese porcentaje en ningún caso. El grado de utilización del fondo de riesgo en el otorgamiento de garantía deberá ser como mínimo del 80% como promedio en el período de permanencia de los aportes.

Se debe informar la CUIT de la sociedad y los aportes efectuados durante el año calendario que se está declarando. Se puede brindar esta información desde la solapa "deducciones y desgravaciones" y también desde la solapa "ajustes".

 

• Riesgo de muerte y primas de ahorro

Seguros mixtos, excepto para los casos de seguros de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación, en los cuales serán deducibles tanto las primas que cubran el riesgo de muerte como las primas de ahorro.

La deducción solo se practicará hasta alcanzar el tope de $24.000 de 2021, cuya actualización para 2022 todavía no figura en la web de AFIP.

 

• Corredores y viajantes de comercio

Cuando utilicen auto propio podrán deducir la amortización impositiva del rodado y, en su caso, los intereses por deudas relativas a la adquisición del mismo.

En el supuesto de que el rodado se destine, en parte, al uso particular u otros, deberá indicarse la proporción de tales conceptos que corresponda afectar a la actividad de corredor o viajante de comercio.

 

• Gastos de movilidad, viáticos y análogos

Las compensaciones que abone el empleador se podrán deducir en los importes que fije el Convenio Colectivo de Trabajo correspondiente a la actividad de que se trate.

De no estar estipulados por convenio, se podrá deducir hasta un máximo del 40% de la ganancia no imponible, siempre que se encuentren liquidados con el recibo o constancia provista por el empleador. Para ello se deberá considerar el tope de $101.025,94 para 2022.

Cuando se trate de actividades de transporte de larga distancia, la deducción a computar no podrá superar el importe de la ganancia no imponible.

Se considera como transporte de larga distancia a la conducción de vehículos con recorridos que excedan los cien kilómetros del lugar habitual de trabajo.

 

• Compra de indumentaria y/o equipamiento

Debe haber sido adquirido para uso exclusivo en el lugar de trabajo y la deducción aplica si los gastos son obligatorios y los realiza el empleado en lugar del empleador, sin que se le reintegren los fondos.

 

• Aportes seguros de retiro privados

Las entidades deben estar reguladas por la Superintendencia de Seguros, y la deducción solo se practicará hasta alcanzar el tope de $24.000 para 2021, sin que la actualización haya sido publicada para 2022.

 

• Honorarios médicos

- Hospitalización en clínicas, sanatorios y establecimientos similares.

- Prestaciones accesorias de la hospitalización.

- Servicios prestados por los médicos en todas sus especialidades.

- Servicios prestados por los bioquímicos, odontólogos, kinesiólogos, fonoaudiólogos, psicólogos, etc.

- Servicios prestados por los técnicos auxiliares de la medicina.

- Todos los demás servicios relacionados con la asistencia, incluyendo el transporte de heridos y enfermos en ambulancias o vehículos especiales.

 

• Deducciones ingresadas por el empleador

Cuando las deducciones se vinculen con lo que pague el empleador que actúe como agente de retención, el empleado quedará exceptuado de informarlas, ya que lo hará el empleador. Se trata de las siguientes:

- Aportes para fondos de jubilaciones, retiros, pensiones o subsidios, siempre que se destinen a la ANSeS o a cajas provinciales o municipales - incluidas las cajas de previsión para profesionales-, o estén comprendidos en el SIPA.

- Descuentos con destino a obras sociales del empleado y de las personas declaradas como cargas de familia. También las cuotas sindicales correspondientes a las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de los afiliados y a las contribuciones de solidaridad pactadas.

- Importes que correspondan a descuentos obligatorios establecidos por leyes nacionales, provinciales o municipales.

- Aportes efectuados a cajas complementarias de previsión, fondos compensadores de previsión o similares, creados por leyes nacionales, provinciales o municipales, convenciones colectivas de trabajo o convenios de corresponsabilidad gremial y todo otro aporte destinado a la obtención de una prestación del tipo previsional que sea obligatorio para el empleado.

- Gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas abonados por el empleador, en los importes que fije el convenio colectivo de trabajo correspondiente a la actividad de que se trate o, de no estar estipulados por convenio, los efectivamente liquidados en el recibo de sueldo o constancia, hasta un máximo del 40% de la ganancia no imponible.

La complicación para los empledores es que todas estas deducciones personales y generales, desde el año pasado se complicó por las leyes que impulso el diputado Sergio Massa sobre el Impuesto a las Ganancias y que introdujeron el parámetro de "deducción especial incrementada", por el cual la deducción especial se aumenta hasta que la remuneración bruta dé un mínimo por abajo del cual los trabajadores no pagarán el gravamen. Empezó en $150.000 y es lo que ahora está en alrededor de $225.900.

Fuente: Agencias
Autor: Admin

Noticias Relacionadas:

Comentarios (0)
Escriba su comentario
La finalidad de este servicio es sumar valor a las notas y establecer un contacto más fluido con nuestros lectores. Los comentarios deben acotarse al tema de discusión. Se apreciará la brevedad y claridad de los textos, y el buen uso del lenguaje: las malas palabras y los insultos no serán publicados
Términos y condiciones

Condiciones de servicio de Comentarios en notas de eldiarionline.com
Los presentes Términos y Condiciones del Servicio de Comentarios en las notas de eldiarionline.com (los "T&C") se suscriben entre el cliente que acepte los mismos electrónicamente (el "Cliente"). Estos Términos y Condiciones regulan la utilización del servicio, conforme se detalla seguidamente.

eldiarionline.com se reserva el derecho de modificar cualesquiera de los Términos y Condiciones aquí contenidos, en cualquier momento y a su sola discreción, por el solo hecho de publicar una nueva versión de los mismos en el sitio eldiarionline.com (el "Sitio"). El uso continuado de su parte del Servicio que siga a la publicación de una nueva versión de Términos y Condiciones, constituirá de su parte la aceptación de la nueva versión.

1. Descripción del Servicio. Los comentarios en las notas de eldiarionline.com son un servicio de publicación web y de alojamiento opcional (el "Servicio"). Usted será responsable de todas las actividades que ocurran bajo su nombre de usuario. Asimismo, acepta que el Servicio se presta TAL CUAL y SEGúN DISPONIBILIDAD. eldiarionline.com declina toda responsabilidad por la disponibilidad, oportunidad, seguridad o fiabilidad del Servicio o de cualquier otro software de cliente. eldiarionline.com también se reserva el derecho de modificar, suspender o interrumpir el Servicio con o sin previo aviso en cualquier momento y sin ninguna responsabilidad hacia usted.
El Servicio sólo puede usarse a partir de los dieciocho (18) años. eldiarionline.com se reserva el derecho de rechazar prestar el servicio a cualquier persona en cualquier momento sin previo aviso, sea cual fuere el motivo.

2. Uso apropiado. Usted acepta que es responsable del uso que usted mismo haga del Servicio, de las entradas que publique y de las consecuencias derivadas. Además, acepta usar el Servicio de acuerdo con las leyes, normas y regulaciones locales, estatales, nacionales e internacionales que resulten aplicables.
Le recomendamos que revise periódicamente la versión más actualizada de los presentes Términos y Condiciones. eldiarionline.com, a su discreción, puede modificar o revisar los presentes en cualquier momento, y usted acepta que quedará vinculado por estas modificaciones o revisiones.
La infracción de cualquiera de los aspectos anteriormente mencionados, puede causar el cese del presente Servicio y puede suponerle sanciones así como cualquier otro tipo de consecuencias legales. eldiarionline.com se reserva el derecho, pero no tendrá ningún tipo de obligación de hacerlo, de investigar su uso del servicio para (a) determinar si se han infringido los presentes Términos y Condiciones o (b) si se cumple con las leyes, regulaciones y procesos legales aplicables.

3. Privacidad. Como condición para utilizar el Servicio, acepta los términos de la Política de privacidad de eldiarionline.com (http://eldiarionline.com/politicade privacidad), que se actualizarán ocasionalmente, tal y como se especifica en la versión más reciente en el momento en que haga uso del Servicio. Acepta que eldiarionline.com puede acceder a su información personal o revelarla, incluyendo el contenido de sus comunicaciones, si así se requiere a eldiarionline.com para el cumplimiento de procesos legales o requerimientos judiciales, o cuando se prevea en estas Condiciones de servicio y en la Política de privacidad general de eldiarionline.com.

4. Prácticas generales relativas al uso y almacenamiento de datos. Usted acepta que eldiarionline.com no asume ninguna responsabilidad por la supresión o no almacenamiento o transmisión del contenido y otras comunicaciones mantenidas a través del Servicio. eldiarionline.com se reserva el derecho a establecer límites sobre el uso y almacenamiento a su discreción en cualquier momento y sin notificación previa.

5. Contenido del Servicio. eldiarionline.com no asume ninguna responsabilidad sobre el contenido de terceros (incluyendo, sin límite, cualquier tipo de virus u otros elementos perjudiciales), ni tampoco tiene ninguna obligación de controlarlo. eldiarionline.com se reserva el derecho en cualquier momento de suprimir o rechazar la distribución de cualquier contenido en el Servicio, como contenidos que infrinjan las condiciones de estos Términos y Condiciones. eldiarionline.com también se reserva el derecho de acceder, leer, preservar y revelar cualquier tipo de información que razonablemente crea necesaria para (a) cumplir con leyes, regulaciones, procesos legales o solicitudes judiciales aplicables, (b) aplicar o ejecutar estos Términos y Condiciones, incluyendo la investigación de posibles infracciones, (c) detectar, prevenir, o de cualquier modo abordar casos o situaciones de fraude, seguridad o temas técnicos, (d) responder a solicitudes de asistencia de los usuarios o (e) proteger los derechos, propiedad o seguridad de eldiarionline.com, sus usuarios y el público. eldiarionline.com no será responsable del ejercicio o no de sus derechos según estos Términos y Condiciones.

6. Derechos de la propiedad intelectual. Derechos de la propiedad intelectual de eldiarionline.com. Usted reconoce que eldiarionline.com ostenta todos los derechos, títulos e intereses sobre y para el Servicio, incluyendo todos los derechos de propiedad intelectual (los "Derechos de eldiarionline.com"), y que estos están salvaguardados por las leyes de la República Argentina e internacionales de protección de la propiedad intelectual. En consecuencia, acepta no copiar, reproducir, alterar, modificar ni crear trabajos que se deriven del Servicio. Por otra parte, también acepta no utilizar robots, arañas, otros dispositivos automatizados o procesos manuales para controlar o copiar cualquier contenido del Servicio. Tal y como se describe inmediatamente a continuación, los Derechos de eldiarionline.com no incluyen los contenidos de terceros usados como parte del Servicio, incluyendo el contenido de comunicaciones que aparecen en el Servicio.
Sus derechos de propiedad intelectual. eldiarionline.com renuncia a la propiedad o control sobre cualquier Contenido que usted envíe, publique o muestre en el Servicio de eldiarionline.com o a través de éste. Usted o el tercero proveedor de licencias se reservan todas las patentes, marcas comerciales y derechos de autor de cualquier Contenido que publique, envíe o muestre en el servicio de eldiarionline.com o través de éste, y es responsable de proteger estos derechos según corresponda. Al enviar, publicar o mostrar Contenido en o a través del servicio de eldiarionline.com que está a disposición de los miembros del público, usted concede a eldiarionline.com una licencia internacional no exclusiva y gratuita para reproducir, publicar y distribuir dicho Contenido en el servicio de eldiarionline.com únicamente para mostrar y distribuir dicho servicio. Igualmente, eldiarionline.com se reserva el derecho a rechazar la admisión, publicación, muestra o transmisión de cualquier Contenido a su discreción.
Usted manifiesta y asegura que posee todos los derechos, poderes y autoridad necesarios para conceder los derechos otorgados por el presente documento a cualquier Contenido enviado.

7. Prohibida la reventa del servicio. Salvo que eldiarionline.com lo autorice expresamente por escrito, no podrá reproducir, duplicar, copiar, vender, comerciar, revender o explotar con propósitos comerciales (a) ninguna parte del Servicio, (b) la utilización del Servicio ni (c) el acceso a este.

8. Representaciones y garantías. Usted manifiesta y garantiza que (a) toda la información que proporcione a eldiarionline.com para participar en el Servicio es correcta y está actualizada, y que (b) dispone de todos los derechos, facultades y poderes necesarios para dar cumplimiento con los presentes Términos y Condiciones y llevar a cabo los actos que se le requieran en virtud de los mismos.

9. Cancelación y suspensión. eldiarionline.com puede, a su discreción, en cualquier momento y por cualquier motivo, dar por finalizado el Servicio, resolver estos Términos y Condiciones.

10. Indemnización. Usted acepta mantener indemne e indemnizar a eldiarionline.com y sus afiliados, sociedades vinculadas, representantes, apoderados y empleados frente a reclamaciones de terceros relacionadas con el uso que usted haga del Servicio, incluyendo la responsabilidad o gasto ocasionado por las reclamaciones, pérdidas, daños (reales o resultantes), litigios, resoluciones, costas procesales y honorarios de abogados, de cualquier tipo y naturaleza. En tal caso, eldiarionline.com le hará llegar una notificación escrita de dicha reclamación, litigio o acción.

11. Acuerdo completo. Los presentes Términos y Condiciones constituyen el acuerdo completo entre usted y eldiarionline.com, que rige el uso que usted haga del Servicio y reemplaza cualquier acuerdo anterior entre usted y eldiarionline.com. Asimismo, estará sujeto a las condiciones y los términos adicionales que resulten aplicables cuando utilice o adquiera otros servicios de eldiarionline.com, servicios de sus afiliados, contenido de terceros o bien software de terceros.

12. Renuncia e independencia de las condiciones. El hecho de que eldiarionline.com no ponga en práctica o no garantice el cumplimiento de algún derecho o disposición de estas Condiciones del servicio no constituirá una renuncia a tal derecho o disposición. Si un tribunal de jurisdicción competente considera que alguna cláusula de las Condiciones del servicio no es válida, las partes acuerdan que dicho tribunal debe procurar interpretar las intenciones de las partes tal y como se reflejan en la disposición. Las demás provisiones conservarán su plena validez y eficacia.

13. Elección del ordenamiento jurídico; Jurisdicción; Foro. Estas Condiciones del servicio se han elaborado y se regirán de acuerdo con las leyes de la República Argentina. Cualquier reclamación, proceso legal o litigio que surja en relación con el Servicio será atendido exclusivamente ante los Tribunales Ordinarios en lo Comercial de la Ciudad de Buenos Aires, por lo que accede a someterse a la jurisdicción de sus tribunales.

14. Información sobre derechos de autor. Nuestra política consiste en responder a los avisos de supuestas infracciones de acuerdo con la Ley de derechos de autor El servicio incluye un botón "Denunciar" que le permitirá al usuario comunicarnos la infracción a cualquiera de los puntos expuestos más arriba.

Aceptar
Nombre (requerido)
Dirección de e-mail (requerido)

Comentario (máximo 246 caracteres)
AmCham Summit 2024: "Una Argentina viable"
AmCham Summit 2024:
Bullrich, Petri y Pullaro lanzan el Comité de Crisis en Rosario
Apertura de sesiones ordinarias de la Legislatura bonaerense
Apertura de sesiones ordinarias del Congreso de la Nación
Apertura de sesiones ordinarias de Legislatura de Ciudad de Buenos Aires
TV QMP: Soledad Pastorutti en Cosquín
Archivo de Audios en notas
 - Jorge Macri
 - Jorge Macri
 - Gabriel Solano
 - Declaraciones Jorge Macri
 - Diego Valenzuela
 - Programa de radio @QuieroAMIPais Nro. 288
 - Programa de radio @QuieroAMIPais Nro. 287
 - Programa de radio @QuieroAMIPais Nro. 286
 - Programa de radio @QuieroAMIPais Nro. 283
 - Programa de radio @QuieroAMIPais Nro. 285
 - Programa de radio @QuieroAMIPais Nro. 284
 - Silvia Torres Carbonnell
 - Time Wrap: Marcelo Ramal(PO) " La legislatura no ha estado al alcance"
 - SOLIDARIDAD Entrevista a CASA RONALD MCDONALDS
 - Entrevista al Lic. Lalo Huber: sobre la evolución de la conciencia , por @NachoPlatas
 - Radio QMP: Santiago Mitre Dtor. de:
 - Radio QMP: Orlando Ferreres
 - Radio QMP Mario Massaccesi(TN-Canal 13)
 - Radio QMP: Entrevista a fondo con el filósofo y emprendedor : Alejandro Rozitchner
 - SANTIAGO BILINKIS-IVAN PETRELLA-KITTY SANDERS
 - Silvia Mercado- Sergio Abrevaya
 - Imperdible el ùltimo programa de QMP en FM CONCEPTO 95.5
 - ECONOMIA :Pirovano ¿Que se viene en 2015?
 - Marketing Politico 2.0 por R. Castiglione
 - Hugo Mujica ¿ Como ser más libres?
 - El Ego en la politica, la economia y el espectáculo
 - 200 Empresas DT Discurso Lic. Pirovano
 - Avogadro: INNOBATI BA
 - Exclusivo: Paula Tragedias que nunca olvidaremos
 - 1er Programa 3RA Temporada de Radio QUIERO A MI PAIS
Newsletters
Por favor deje sus datos para recibir nuestras novedades vía email