Sorpresivamente, el Gobierno le quitó el respaldo al proyecto de Democracia Sindical que se iba a tratar este martes en la Comisión de Legislación del Trabajo de Diputados: no sólo los legisladores de La Libertad Avanza (LLA) no firmarán el dictamen de mayoría sino que tampoco lo harán los del PRO.
Sin esos 10 apoyos, el radical Martín Tetaz, titular de esa comisión y principal promotor del proyecto, se quedará sin la mitad más uno de las 31 firmas en ese grupo legislativo, cifra necesaria para que pueda llegar al recinto la iniciativa que propone profundas modificaciones en las leyes 14.250 de Convenciones Colectivas de Trabajo y 23.551 de Asociaciones Sindicales.
La decisión del Poder Ejecutivo, que se transmitió anoche, respondió directamente a un pedido de la CGT al ala dialoguista del Gobierno (Guillermo Francos y Santiago Caputo) y, a la vez, a negociaciones entabladas en el Congreso por el diputado nacional Sergio Palazzo (Unión por la Patria), líder del gremio bancario y vicepresidente de la Comisión de Legislación del Trabajo, que viene conversando entre algunos legisladores para que le quiten su apoyo al proyecto.
La determinación oficial fue anunciada este lunes por la noche por el presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, a los legisladores de LLA y del PRO que integran la Comisión de Legislación del Trabajo: “Viene la marcha universitaria y no queremos sumar malestar”, dijo. En el mismo sentido hubo llamados del jefe de Gabinete, Guillermo Francos, a algunos diputados.
De esta forma, entraría en una zona incierta el destino del “Proyecto de Ley de Democracia Sindical”, una iniciativa de 18 artículos que condensa una veintena de iniciativas sobre el tema y que embiste contra algunos pilares del gremialismo: aunque no toca el sistema de personería, propone eliminar la reelección perpetua de los sindicalistas, prohíbe la cuota solidaria, garantiza la representación de las minorías en los cuerpos deliberativos y directivos de los sindicatos, obliga a presentar declaraciones juradas y fija medidas para “democratizar las obras sociales”.
Ese proyecto era impulsado hasta ahora por los diputados de la UCR, el PRO, la Coalición Cívica, La Libertad Avanza, Hacemos Federal e Innovación Federal, con el rechazo de Unión por la Patria y del Frente de Izquierda. En el radicalismo estaban seguros de contar con 18 votos en la comisión para emitir el dictamen de mayoría, mientras el peronismo y la izquierda sumaban 13. El viraje del Gobierno, sin embargo, le quitó al proyecto 10 firmas (5 de La Libertad Avanza y 5 del PRO), por lo que quedará empantanado: se requiere de la mitad más uno para aprobar el dictamen.
Ahora, la atención está puesta en qué sucederá en la reunión de la Comisión de Legislación del Trabajo, citada para este martes, a las 13, en el Anexo de la Cámara de Diputados. Lo más probable, estiman algunos legisladores, es que Tetaz pida un cuarto intermedio para evitar el rechazo al proyecto.
El proyecto de Democracia Sindical de diputados opositores y oficialistas se iba a instalar en la escena nacional en medio del agravamiento de la pelea entre el Gobierno y algunos sindicatos, aunque algunos importantes funcionarios libertarios intentan llegar a una tregua con la CGT, como habría quedado demostrado con el freno oficialista a la iniciativa que tanto teme el gremialismo.
En las próximas horas se publicará en el Boletín Oficial el decreto reglamentario de la reforma laboral, en donde la CGT logró atenuar el artículo que crea la figura del trabajador independiente que tiene a su cargo a otros autónomos y habría quedado conforme con la decisión del Gobierno de no reglamentar el artículo que penaliza los bloqueos sindicales porque, según fuentes cegetistas, con esa fórmula conseguirían que “no fuera más perjudicial” para los responsables de bloquear empresas, que la Ley Bases califica como injuria laboral grave, pasible de despidos con causa.
¿Por qué el proyecto de Democracia Sindical inquieta tanto a la CGT? Es que los cambios que prevé la iniciativa apuntan a modificar la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales, aunque ni siquiera el DNU 70 de Javier Milei avanzaba tanto como el texto que unificó una veintena de proyectos. Por ejemplo, los diputados no peronistas incluyeron en el texto la prohibición de las cuotas solidarias, el recurso para el financiamiento sindical a través de los descuentos compulsivos de una suma pactada en los convenios colectivos de trabajo a todos los empleados de una actividad: sostiene que “los gremios no podrán establecer, exigir ni imponer aportes a los trabajadores de manera obligatoria” y que “para cualquier tipo de descuento se requerirá autorización expresa del trabajador, que podrá ser revocada en cualquier momento que el trabajador disponga”.
El proyecto de Democracia Sindical, que unifica textos presentados por Tetaz, Verónica Razzini (PRO), María Eugenia Vidal (PRO), Mónica Frade (Coalición Cívica) y Ricardo López Murphy, entre otros, contempla que los sindicatos deben “garantizar la efectiva democracia interna” a través de medidas como “la elección directa de los cuerpos directivos en los sindicatos locales y seccionales”, “la representación de las minorías en los cuerpos deliberativos y directivos cuando las mismas hubieran obtenido más del 3% de los votos válidos emitidos de sus afiliados”, y “el establecimiento de un código de conducta ética para afiliados y miembros de los órganos de dirección y administración”.
Además, plantea que “los mandatos de quienes integran los órganos de dirección y administración tendrán las mismas restricciones de extensión de período y cantidad de reelecciones que las exigidas para Presidente y Vicepresidente de la Nación” y aclara que “se entiende por mandato completo desde el momento de su iniciación, independientemente de que hayan transcurrido los 4 años o menos”.
También establece que los sindicatos “deberán admitir la libre afiliación” y que “para poder afiliar a un trabajador, deberán contar con su consentimiento expreso”. Sin embargo, la ley vigente (N° 23.551) ya garantiza el derecho de los trabajadores a “afiliarse, no afiliarse o desafiliarse” a los gremios.
Por otra parte, incluye entre las obligaciones para integrar los órganos directivos de los gremios “no tener inhibiciones civiles ni penales, ni condena penal firme”, y “presentar una declaración jurada patrimonial integral dentro de los 30 días corridos desde la inscripción de su candidatura”, además de “actualizar anualmente” esa información y presentar una última declaración dentro de los 30 días hábiles desde que se deja el cargo. Y aclara que “la declaración jurada deberá contener el detalle de todos los activos del declarante, de su cónyuge, los del conviviente, los que integren en su caso la sociedad de hecho y los de sus hijos menores, en el país o en el extranjero, debiendo consignarse el valor y la fecha de adquisición, y el origen de los fondos aplicados a cada adquisición”.
El proyecto dispone que los sindicatos “deberán implementar programas de integridad y transparencia, consistentes en reglas y procedimientos claros y públicos y por acciones, mecanismos y procedimientos internos de promoción de la integridad, a fin de brindar un uso racional y eficiente de sus recursos”. Y en otro artículo obliga también a que “el patrimonio de las asociaciones sindicales y su integración debe estar publicado en forma permanente y actualizada en medios electrónicos o cualquier otro medio de difusión de carácter público”.
Otro punto incluido en la iniciativa es “garantizar la presencia femenina en los cargos electivos y representativos de las asociaciones sindicales”, sobre lo cual detalla que “el cupo para cubrir la participación femenina en las listas de candidatos y su presencia en los cargos electivos y representativos del gremio no podrá ser menor a la proporción de mujeres afiliadas sobre el total de afiliados”. Y agrega que “no podrá oficializarse ninguna lista que no cumpla” esos requisitos.
En el capítulo llamado “Democratización de Obras Sociales”, el proyecto sostiene que “todos los beneficiarios del Sistema de Obras Sociales podrán ejercer el derecho de opción, garantizando así la libre elección de la obra social” y detalla: “Los trabajadores que inicien una relación laboral podrán ejercer el derecho de opción luego de permanecer 3 meses en la obra social correspondiente a la rama de su actividad”, y que “los afiliados que hubieren cambiado de obra social deberán permanecer como mínimo 3 meses en ella y, vencido ese plazo, podrán volver a ejercer esa opción”. Y, en otro punto que rechazará el sindicalismo, se deroga el artículo 6 del Decreto 438/2021, que disponía que “la opción de cambio podrá ejercerse sólo una vez al año durante todo el año calendario”.