A partir del 1° de enero del 2026 la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) se incorporará al Monotributo Unificado Nacional, un régimen que integra, en un solo pago, las obligaciones fiscales nacionales (Monotributo) y las tributarias de la Ciudad de Buenos Aires.
La medida alcanza a quienes tributan en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, a su vez, tienen monotributo en ARCA. Es una iniciativa que ahorra tiempo, esfuerzo y gestiones: implica menos trámites y declaraciones, centraliza la información y control de vencimientos, y se realiza un sólo pago mensual. Beneficiará a más de 200 mil contribuyentes.
¿CÓMO ADHERIRSE AL MONOTRIBUTO UNIFICADO NACIONAL?
Los pequeños contribuyentes que se encuentren inscriptos en el monotributo nacional y en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad serán incorporados automáticamente al Sistema de Monotributo Unificado a partir del 1º de enero de 2026. No deberán realizar ninguna gestión.
Sólo quienes nunca se hayan adherido al monotributo nacional, deberán darse de alta a través de ARCA. Durante el proceso online a través de la web de ese organismo, deberán informar su condición frente a Ingresos Brutos en la jurisdicción correspondiente (en este caso, CABA) y, de esta manera, quedarán incorporados al Monotributo Unificado. Accedé al tutorial de ARCA.
FORMAS DE PAGO:
Por única vez, en el mes de enero el contribuyente deberá abonar la suma correspondiente a noviembre y diciembre de 2025 (por la parte del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos de CABA) más el importe correspondiente al mes de Enero 2026 por parte del Monotributo Unificado (AGIP-ARCA).
En el caso de los contribuyentes que se encuentren adheridos al débito automático, el importe correspondiente a la cuota 6/2025 (noviembre y diciembre) del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos se debitará de la cuenta bancaria asociada a AGIP. Por su parte, el importe correspondiente al mes de enero de 2026 (cuota 1/2026) del Monotributo Unificado se debitará de la cuenta bancaria asociada a ARCA, conforme a las adhesiones vigentes.
Los contribuyentes abonarán su impuesto en único pago mensual, que integrará:
• El importe correspondiente al monotributo nacional (componentes impositivo y previsional).
• El importe del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires –Régimen Simplificado– (componente impositivo).
Cada organismo (ARCA y AGIP) establecerá el monto de su cuota mensual, facilitando el pago al realizarse en una única gestión.
El pago del Monotributo Unificado pasa a ser mensual, con vencimiento los días 20 de cada mes.
Las modalidades de pago disponibles son las habilitadas por ARCA.
Débito automático
Quienes estaban adheridos al débito automático en AGIP para el Régimen Simplificado de IIBB, serán dados de baja y deberán solicitar la adhesión al débito automático del Monotributo Unificado desde la página de ARCA para seguir utilizando ese medio de pago. De esta manera, podrán abonar ambos conceptos (AGIP y ARCA) en un mismo momento, a través de un único débito.
A quienes ya están adheridos al débito automático del monotributo nacional, el nuevo importe se debitará directamente de manera conjunta (AGIP y ARCA), sin necesidad de hacer ningún trámite.
CATEGORÍAS
Las categorías del Régimen Simplificado de CABA se igualan a las categorías de ARCA.
Gestión del Impuesto originado sobre los Ingresos Brutos
A partir de ahora, las gestiones vinculadas a IIBB —como altas, bajas, modificaciones y recategorizaciones— deberán realizarse a través de ARCA.
Casos específicos
Los contribuyentes que registren alguna actividad exenta en AGIP y necesiten excluirse de la modalidad unificada podrán iniciar un Expediente Electrónico desde el servicio de Trámites a Distancia (TAD) para solicitar el pase al Régimen General de Ingresos Brutos.
También pueden realizar el procedimiento de manera autogestionada, inscribiéndose en el Régimen General a través del Portal del Contribuyente, al que pueden ingresar con su usuario.
EXCLUSIONES
• Sociedades no constituidas regularmente, condominios, consorcios de propiedad horizontal y, en general, todas las sociedades incluidas en la Sección IV del Código Civil y Comercial de la Nación. Esto se debe a que la normativa del Monotributo ARCA excluye a determinadas formas jurídicas.
• Quienes revistan la condición de responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a nivel nacional y estén inscriptos en el Régimen Simplificado de CABA.
• Quienes no posean un domicilio fiscal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
• Todas aquellas actividades excluidas en el Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en la normativa vigente de ARCA.
En todos estos casos, se los excluirá de oficio del Régimen Simplificado de CABA y serán dados de alta en el Régimen General de Ingresos Brutos, en la categoría de Contribuyentes Locales.
CONSULTAS ARCA
-Consultas Telefónicas al 0810-999-2274 de lunes a viernes de 9 a 16 hs:
Opción 1: Monotributistas, subopción 7 (Monotributo Unificado Provincial)
Opción 3: Nuevos Inscriptos
-Reclamos y/o Sugerencias Telefónicos al 0800-999-2274 de lunes a viernes de 9 a 16 hs:
-Consultas Web: Mediante el acceso en la página institucional de ARCA, opción "Ayuda" > "Consultas Web".
Resolución Conjunta AGIP–ARCA N.° 5769/2025