Programas con beneficios
17-08-2020 | Economia
 Conocé toda la información sobre los programas y beneficios vigentes para las micro pequeñas y medianas empresas en el contexto actual.

Te acercamos toda la información sobre las medidas tributarias nacionales dispuestas para las pymes en el marco de la emergencia sanitaria en relación con el coronavirus.

Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP)

Para aquellas empresas y trabajadores afectados directamente por la caída de la actividad económica luego de las medidas de contingencia implementadas durante la Emergencia Sanitaria.

El Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) fue creado, para dar alivio económico inmediato a aquellas empresas y trabajadores afectados directamente por la caída de la actividad económica luego de las medidas de contingencia implementadas durante la Emergencia Sanitaria. El Programa consiste en la obtención de uno o más de los siguientes beneficios:

Postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Salario Complementario abonado por el Estado Nacional para los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia del sector privado.

Crédito a tasa cero para monotributistas y para trabajadores autónomos en las condiciones que establezcan la Jefatura de Gabinete de Ministros y el Banco Central de la República Argentina con subsidio del 100% del costo financiero total.

Crédito a Tasa Subsidiada para empresas, en las condiciones que establezcan la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, en el marco de sus respectivas competencias.

Para acceder a estos beneficios, las empresas deberán acreditar uno o varios de los siguientes criterios:

Actividades económicas afectadas en forma crítica en las zonas geográficas donde se desarrollan.

Cantidad relevante de trabajadores y trabajadoras contagiados y contagiadas por el COVID-19 o en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral por estar en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado familiar relacionadas al COVID-19.

Reducción real de la facturación con posterioridad al 12 de marzo de 2020. Los requisitos para cumplir con los criterios serán definidos por el Jefe de Gabinete de Ministros, previo dictamen del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción fundamentado en criterios técnicos”.
 


Programa de Recuperación Productiva (REPRO)

 

Conocé como acceder al REPRO y el trámite simplificado para las micro, pequeñas y medianas empresas.

A través del programa de Recuperación Productiva las MiPyMEs podrán elevar en un cincuenta por ciento (50%) la suma fija mensual, de carácter remunerativo del monto equivalente al salario mínimo, vital y móvil, a favor de los trabajadores.

Este beneficio se otorgará por un lapso de hasta DOCE (12) meses y podrán incluir en el programa a los trabajadores que:

Tengan como mínimo DIECIOCHO (18) años de edad.
Tengan Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) y Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.).
No registren una relación de empleo público vigente.
No se encuentren registrados como empleadores activos.

Para acceder al REPRO, las micro, pequeñas y medianas empresas cuentan con un trámite simplificado el cual fue incluido en la Ley N° 27.264.

El procedimiento es más ágil porque, en lugar de presentar a priori documentación contable, tendrán que presentar un informe socioeconómico laboral con parámetros elaborados por el MTEySS a través de su Dirección Nacional de Relaciones Federales, firmado por contador público y certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que detalle su situación.


 

Estos programas están pensados para que las pymes puedan volver a producir (dentro de los marcos normativos vigentes) y restablecer su economía y gestión productiva. Garantizando el sostenimiento del empleo en las actividades económicas más severamente afectadas por la crisis sanitaria.