Donar vuelve a ser seguro
18-12-2020 | Sociedad
El Boletín Oficial de la Nación publicó hoy la sanción de la Ley 27587, que fue aprobada por unanimidad para realizar cambios en el régimen de donaciones. Después de 5 años, la modificación respaldada en el Congreso permitirá retomar una práctica muy habitual en el país: la donación. Las instituciones sin fines de lucro también se verán beneficiadas

 El Boletín Oficial de la República Argentina publicó hoy la sanción de la Ley 27587 que trae modificaciones para el régimen de donaciones en el país. Hace unas semanas, la Cámara de Diputados había aprobado el proyecto de ley que ya tenía media sanción en el Senado, y que permitirá ahora que las donaciones vuelvan a ser un instrumento viable y que garantice la seguridad jurídica de los argentinos. A partir de su promulgación, la presente ley permitirá a los argentinos disponer de su patrimonio en vida sin temor a que afecte la seguridad jurídica y sin el riesgo de que los inmuebles donados pierdan valor comercial o dejen de ser aptos para ser tomados como garantía bancaria. El proyecto se inició con la propuesta del senador Mario Pais y fue promovido por el trabajo del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, colegios provinciales, Consejo Federal del Notariado e instituciones sin fines de lucro, quienes, mediante un trabajo mancomunado, fueron articulando con las distintas expresiones políticas sobre la importancia de este cambio legislativo.

“Después de 5 años, las donaciones podrán ser realizadas con mayor facilidad. Y también significa un gran apoyo para instituciones sin fines de lucro, que podrán hacer solidaridad más fácilmente con esas donaciones”, dijo el presidente del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, Carlos Allende. Es que la iniciativa parlamentaria fue acompañada por las principales organizaciones de bien público del país como UNICEF, Cruz Roja Argentina, AMIA, Cáritas, Obra Don Orione, Fundación SALES, Fundación Monseñor Gottau, entre otras, quienes se vieron afectadas durante este lustro a partir de la sanción del nuevo Código.

El proyecto ya tenía la aprobación unánime del Senado de la Nación hace semanas atrás. Después de algunos paréntesis legislativos, durante 2020 la propuesta de los escribanos fue aceptada en todos los ámbitos y logró darle celeridad.

Desde el Colegio remarcaron que con la sanción “se pone fin al sistema jurídico laberíntico de las donaciones, que obstruye la circulación de bienes y, claramente, promueve preceptos constitucionales como la propiedad y el derecho humano de acceso a la vivienda”.

Con esta modificación, todos los herederos forzosos seguirán protegidos, solo que ahora si existiera una donación que afectara sus derechos, a la muerte del donante podrán utilizarse otros mecanismos menos agresivos. Así, con esta reforma, los otros herederos podrán compensar con valores al heredero afectado, mediante la acción de colación en lugar de la acción de reducción que impactaba directamente sobre el inmueble donado, aun cuando éste hubiera sido vendido. También se protegen los derechos de los terceros que hubieren adquirido bienes que habían sido donados, si son de buena fe y a título oneroso.