Monotributo 2021: expertos detallan los puntos centrales del proyecto
07-01-2021 | Economia
César Litvin, CEO de Lisicki, Litvin & Asociados, comentó los puntos centrales del proyecto de reforma del Monotributo que ya se encuentra en el Congreso.  

El proyecto de ley con cambios en el régimen del Monotributo que el Gobierno nacional envió al Congreso plantea un esquema de actualización de los topes de las categorías, contempla el reingreso anticipado al Monotributo de los contribuyentes que pasaron al régimen general.

La iniciativa también busca crear un puente entre el régimen de Monotributo y el de trabajadores autónomos, para que el salto entre un esquema y otro no sea tan abrupto.

El proyecto, que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, del ministro de Economía, Martín Guzmán, y del Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, fue enviado formalmente el 30 de diciembre al Congreso y recién este martes se concretó su ingreso por la Mesa de Entradas de la Cámara de Diputados.

En el Gobierno proyectan que la iniciativa comience a ser debatida en las próximas semanas, en el marco del período extraordinario de sesiones, dado que la recategorización al monotributo, de acuerdo al actual sistema, debe implementarse antes del 20 de enero.

Monotributo: expertos detallan los puntos centrales del proyecto

En los fundamentos, el proyecto propone "establecer distintos mecanismos para morigerar el impacto negativo" que tuvo la cuarentena en los monotributistas, de manera de beneficiar "a una significativa cantidad de pequeños y pequeñas contribuyentes que, de acuerdo con los parámetros vigentes, quedarían excluidos y excluidas con efecto retroactivo del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes en una situación extraordinaria".

Además contempla la actualización para las escalas y montos del monotributo correspondientes al período 2020.

"La actualización, de acuerdo a los lineamientos que plantea el proyecto es de 35,3%", indicó a Télam el tributarista César Litvin, CEO del estudio Lisicki, Litvin y Asociados.

Litvin dijo que era necesario definir el porcentaje debido a que quedó sin efecto el que se utilizaba hasta en momento, que era el índice de movilidad jubilatoria.

"Cuando se creó el Monotributo el tope de facturación era aproximadamente de 100.000 dólares, si tomamos al dólar oficial estaríamos en cerca de 9 millones de pesos lo que debería ser el tope de facturación y estamos en venta de bienes 3.5 millones o sea que está atrasado respecto del dólar", explicó Litvin.

También el texto elaborado por la AFIP busca aliviar la situación de quienes facturaron por encima del límite y que por ello deberían pasar al régimen general.

Respecto de este punto el especialista advirtió que "los excedidos son los que superaron el tope" y aclaró que se dividen en dos tipos: el que superó el límite y el que se quedó -o se fue voluntariamente- como responsable inscripto.

Para el primer caso "en la medida en que sus ingresos no superen el 25% del tope a ese momento puede quedarse en el régimen. El que se cambió voluntariamente y está en la misma relación de facturación puede regresar" como monotributista.

Litvin ejemplificó con datos por qué le conviene regresar a los que están en esta situación: "un monotributista de servicios en el tope de facturación va a pagar en el año 153.000 pesos y si pasa a ser responsable inscripto el monto es de 789.000 pesos por año. Eso explica que la gente se "acurruca" en el monotributo y va enanizando sus ingresos", dijo.

El otro punto que plantea el proyecto es el puente entre un régimen y otro para que la diferencia no sea tan significativa. Para ello admite beneficios a través del IVA y de Ganancias.

A través del IVA "se le permite un crédito fiscal presunto equivalente a un 17,5% del monto que le fue facturado por los proveedores y también permite un monto equivalente a una doceava parte del 50% de la alícuota en concepto de crédito fiscal pero que no puede exceder el 75% del débito fiscal", explicó Litvin quien consideró la fórmula muy compleja y que nuevamente los monotributistas necesitarán de la asistencia de un profesional.

De acuerdo al texto enviado al Congreso, para los casos antes mencionados, la alícuota del IVA va a bajar 50% en el primer año, 30% en el segundo y 10% en el tercero.

"También hay beneficios en Ganancias donde toma un gasto deducible equivalente al 82,65% de las compras y una deducción especial equivalente al 50% de un límite", agregó Litvin.

Este puente reduce el monto a pagar por IVA y deducciones especiales en Ganancias y dura tres años.

A modo de cierre, Litvin recordó que cuando fue creado en el año 1998 se pensaba que el régimen de monotributo iba a alcanzar 500.000 personas, una cantidad superada con holgura en la actualidad debido a que ya suman más de 3,5 millones de contribuyentes inscriptos bajo esta modalidad.

"Esto se explica porque es un régimen que además de ser simplificado establece un muy bajo aporte de dinero que suple el pago de ganancias, IVA y seguridad social a cualquier otro contribuyente que está en el régimen general", concluyó el especialista.

Monotributo 2021: puntos centrales del proyecto

A continuación, los puntos centrales del proyecto que ya ingresó al Congreso:

Régimen para monotributistas que hubieran pasado al régimen general pero no lo hicieron porque estuvieron suspendidas la exclusiones (octubre 2019 -diciembre 2020)

- Si el contribuyente se excedió en la facturación en hasta un 25% (inclusive), tiene la opción de quedarse en el monotributo, pagando un monto adicional y pasando a la categoría correspondiente.

- Si durante el período el contribuyente se pasó en forma voluntaria al régimen general y obtuvo desde entonces ingresos superiores de hasta un 25% más que el tope de la categoría máxima del régimen simplificado puede volver a ser monotributista.

- Si el contribuyente se excedió en la facturación más de un 25% y en forma voluntaria eligió pasar al Régimen General tendrá un crédito fiscal en materia de IVA (reducción del saldo deudor en el IVA del 50% en el año posterior al pase de régimen, del 30% el siguiente y del 10% el tercero).

Puente transitorio

Año 2020

- Quienes excedieron más de un 25% pero su facturación no superó el 50% de las ventas totales anuales para una microempresa durante 2020 pasarán al régimen general y deben pagar Ganancias e IVA. El proyecto les permite computar créditos fiscales presuntos en IVA y gastos fiscales presuntos en Ganancias. Además contarán con una deducción especial adicional.

Año 2021

Las personas que hubiesen resultado excluidas durante 2021 pasarán al régimen general y tendrán una serie de beneficios:

• Crédito fiscal adicional en IVA al que les correspondería por sus compras.
• Deducción adicional en Ganancias por un importe adicional a sus gastos.

Puente permanente (vigente a partir de 2022)

Aplicable a personas excluidas y quienes realicen la renuncia voluntaria (siempre que su facturación en exceso no supere el 50% de las ventas totales anuales para una microempresa).

• Crédito fiscal adicional en IVA equivalente al impuesto que se les hubiera facturado y discriminado en los 12 meses anteriores a la fecha de la exclusión o renuncia
• Deducción adicional en Ganancias equivalente el monto neto de IVA facturado durante los 12 meses anteriores a la fecha de la exclusión o renuncia.
• Mecanismo de promoción para el régimen general: los contribuyentes que pasen voluntariamente al RG tendrán un beneficio adicional que consiste en una reducción del saldo deudor en el IVA que será del 50% en el año posterior al pase de régimen, del 30% el siguiente y del 10% el tercero.

Monotributo 2021: de cuánto será la cuota y la facturación

Un monotributista que presta servicios y está registrado en la categoría H que durante 2020 facturó un 20% más que el tope máximo en la actualidad quedaría excluido para pasar al Régimen General.

Si eso sucediera la persona debería pagar entre IVA y Ganancias una suma superior a los $942.100 anuales. Las modificaciones propuestas le permitirán mantenerse en régimen simplificado si paga un monto adicional cercano a los $34.800 anuales. El proyecto de ley representará un "ahorro" de unos 907.000 pesos.

Un monotributista que presta servicios y está registrado en la categoría H que durante 2020 facturó un 40% más que el tope máximo en la actualidad quedaría excluido para pasar al Régimen General y debería pagar entre IVA y Ganancias una suma cercana a los $1.136.000 anuales.

Las modificaciones propuestas le permitirán que la transición sea más armónica ya que podrá computar parte de sus gastos a cuenta de IVA y Ganancias de manera que terminaría abonando $649.900. El proyecto de ley representará un "ahorro" de unos 487.000 pesos.

Más precisamente, en la categoría H, que es la más alta para quienes son prestadores de servicios, la facturación anual tope pasará de $1.739.493,79 a $2.353.535,10. En tanto, en la categoría K, la más elevada para venta de cosas muebles, la facturación límite pasará de $2.609.240,69 a 3.530.302,65 pesos.

Respecto al pago mensual del Monotributo, el impuesto integrado pasará, en la categoría más baja (la A, que permitirá una facturación anual de hasta $282.424,20, en lugar de los $208.739,25 actuales), de $168,97 a $228,62. En tanto, la contribución para el sistema previsional, de $745,49 a $1.008,65, y el aporte a la obra social, de $1.041,22 a $1.408,77. Por ende, el importe total subirá de $1.955,68 a 2.646,04 pesos.

Para estar en la categoría B, la facturación máxima permitida se elevará de $313.108,87 a $423.636,30. El impuesto integrado pasará de $325,54 a $440,45 y el pago al sistema jubilatorio, de $820,04 a $1.109,51. En tanto, el aporte a la obra social pasará de $1.041,22 a $1.408,77. Por ende, el monto total a abonar mensualmente será de 2.958,73 pesos.

Respecto a la recategorización que rige para el 20 de este mes, deberá hacerse en base a los valores 2020. Luego, la AFIP hará las adecuaciones correspondientes.

Proyecto de ley: qué pasara con los monotributistas que facturaron más de lo permitido

El proyecto de ley establece que quienes en los últimos 15 meses se hayan excedido en hasta un 25% del límite máximo de facturación y voluntariamente se hayan ido al régimen general, podrán volver al Monotributo sin las restricciones temporarias que establece ahora la ley, teniendo en cuenta los nuevos límites.

En tanto, los que no puedan volver contarán con dos beneficios: una reducción del IVA futuro durante tres años, de 50%, 30% y 10% respectivamente, y un crédito fiscal por el IVA de las compras hechas mientras fueron monotributistas. Estos dos beneficios son medidas que seguirán vigentes en el futuro para quienes voluntariamente se pasen, al exceder los límites del régimen simplificado, al régimen general.

Si el traslado de un sistema a otro se hace después de recibir una intimación de la AFIP, se obtendrá solo uno de los dos beneficios previstos por el proyecto de ley ya que no se podrá computar los descuentos del IVA durante un período de tres años.