La resolución 268 del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat crea el Registro Único de Unidades Productivas de la Economía Popular y Social, cuyo objetivo es facilitar el acceso de las unidades productivas de la economía popular y social a cualquiera de los programas y demás beneficios establecidos en la Ley 6.376 y a dispositivos de capacitación, asistencia técnica, comercialización y crediticios, tendientes a fortalecer su formación e inclusión socio productiva; posicionando a las mismas como proveedoras de bienes y servicios, en miras a la promoción del desarrollo local y a la generación y sostenibilidad de puestos de trabajo.
Asimismo busca posibilitar el acceso a herramientas crediticias y de inclusión financiera, circuitos de comercialización y asistencia técnica, así como a otras herramientas que fortalezcan a las unidades productivas de la economía popular y social.
Específicamente el Registro deberá sistematizar toda la información de Unidades Productivas de la Economía Popular y Social inscriptas; generar información estadística de la Economía Popular y Social; y visibilizar a las Unidades Productivas de la Economía Popular y Social como potenciales proveedoras de bienes y servicios en el sector público y privado.
La Subsecretaría de Desarrollo del Potencial Humano, a través de Dirección General de Economía Popular y Social deberá realizar las gestiones y articulaciones conducentes a fin de:
a) Expedir constancias a las Unidades Productivas inscriptas a partir del sistema de registración que ésta determine.
b) Recibir la documentación para la inscripción de las Unidades Productivas.
c) Gestionar a través de los procedimientos y formularios que se dicten las solicitudes de inscripción.
d) Diseñar y proponer los criterios y mecanismos de inscripción, admisión, actualización de datos, clasificación y permanencia en el Registro.
e) Recibir, clasificar, y consolidar toda la información sobre las compras y contrataciones que el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires realice con las Unidades Productivas inscriptas en este Registro.
f) Solicitar información respectiva a compras y contrataciones efectuadas con unidades productivas inscriptas en el Registro a las distintas dependencias del Gobierno porteño.
g) Proponer, diseñar, administrar y mantener el desarrollo de un sistema informático propio, con la pertinente homologación de la Agencia de Sistemas de la Información (ASI), que permita contener una base de datos completa y actualizada de las Unidades Productivas.
h) Crear las secciones, categorías, subsecciones que considere necesario para identificar, clasificar, asociar las Unidades Productivas que se inscriban.
i) Relevar, solicitar y clasificar la información de Unidades Productivas que hubieran obtenido financiamiento y/o acceso al crédito.
j) Acompañar a las Unidades Productivas en todas las necesidades para completar su inscripción en el Registro.
k) Proponer criterios de elegibilidad y clasificación, en relación a cada beneficio en particular establecido en la Ley N°6.376, con sujeción a la disponibilidad de partidas presupuestarias asignadas a tales fines.
l) Articular con registros de otras jurisdicciones y/o organismos públicos (RIUPP - AGIP- INAES) para evitar duplicidad de presentación de documentación por parte de las ya mencionadas Unidades Productivas.
Al respecto la diputada porteña Lucía Romano (VJ) expresó: “Este registro es de suma importancia para el progreso y desarrollo económico de las poblaciones más vulnerables y materializa su acceso a la formalización. ¡Gran noticia!”.