Desde Juntos por el Cambio presentaron un proyecto para que les saquen los planes sociales a quienes hagan piquetes
27-05-2022 | Sociedad
La iniciativa corresponde al diputado opositor Gerardo Milman que busca “defender los derechos de los demás ciudadanos a la libre circulación; y penar que las movilizaciones y manifestaciones callejeras sean utilizadas para actos vandálicos o el cometido de delitos”.

En lo que va del año, el centro fue testigo de más de 2.500 piquetes con un único objetivo: reclamarle al Gobierno más planes sociales y alimentos, lo que generó complicaciones en el tránsito de la Ciudad de Buenos Aires. En este contexto, el diputado nacional Gerardo Milman (Pro) presentó un proyecto de ley para que las organizaciones que realicen piquetes no tengan planes sociales.

“Bajo el gobierno kirchnerista se consolidó una alianza perfecta, por un lado, aumentó la dependencia de las organizaciones respecto de los recursos económicos del estado; por otro, el peronismo en el poder buscó la manera de restituir los lazos con los sectores populares diluidos en la época menemista. Para ello, orientó estratégicamente los planes dando origen a organizaciones de desocupados ‘oficialistas’, como el Movimiento de Trabajadores Desocupados Evita y a organizaciones barriales de pequeñas dimensiones que reproducen la lógica clientelar sobre las clases populares”, expresó Milman en la presentación del proyecto de ley.

Y agregó: “El cobro del plan exige como contraprestación la realización de una tarea de asistir a las marchas y piquetes, ya que esto es una condición que establece el movimiento para recibir el plan”.

Además, el proyecto plantea que “en el caso de sorprender a representantes o representados de estas asociaciones cometiendo un delito deberían retirarle su personería, sobre todo cuando impiden la libre circulación de un ciudadano, derecho garantizado por el Art. 81 de la Constitución Nacional donde indica que ‘Toda persona tiene derecho a circular libremente, salir, entrar y permanecer en el territorio nacional. Nadie puede ser obligado a mudar de domicilio o residencia, sino en los casos especiales y con los requisitos que la Ley señala’, y tipificado penalmente en el Artículo 194 del Código Penal pena a ‘El que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de tres meses a dos años’”.

“Es importante destacar que el presente proyecto busca defender los derechos de los demás ciudadanos a la libre circulación; y penar que las movilizaciones y manifestaciones callejeras sean utilizadas para actos vandálicos o el cometido de delitos”, aseguró el diputado nacional de Juntos por el Cambio.

Entre las sanciones que figuran en el documento, se apunta a suprimir la personería jurídica y el embargo de bienes, cuentas bancarias o patrimonio a los fines de indemnización y/o reparación económica, además de la quita del beneficio económico estatal. “En caso de condena contravencional o penal confirmada en segunda instancia, toda registración, personería jurídica y/o administrativa otorgada, subsidio, prestación y/o beneficio económico que perciba, será suprimida”, dice en una parte del artículo 2.

Mientras que en el artículo 3, expone que “los bienes muebles e inmuebles, cuentas bancarias y patrimonio perteneciente a las asociaciones sociales o responsabilidad solidaria de sus representantes serán embargados a los fines de indemnización y/o reparación económica de los daños ocasionados en el marco de manifestaciones públicas de las que fuera partícipe. Serán denegados cualquier solicitud de beneficio económico estatal de cualquier naturaleza, así como también el pago de los que ya hubieren sido acordados previo a la situación prevista en el artículo primero de la presente ley”.